La sorpresa saltó el pasado jueves, cuando el presidente del Gobierno anunció el adelanto de la bajada de impuestos en el IRPF para el 01/01/2016 a julio de este año. En palabras del Ejecutivo, este adelanto de rebaja fiscal se debe fundamentalmente a la mejora de la recaudación, situación económica, evolución del PIB y con el objetivo final de reactivar la economía.

En el Consejo de Ministros del viernes, no se aprobó esta modificación legal que se realizará el próximo viernes, aunque ya podemos avanzar los principales rasgos de la bajada de impuestos que ya podemos considerar que va a entrar en vigor.

Los nuevos tipos impositivos del IRPF en 2015
Es la primera vez en la historia del IRPF que se realiza un ajuste del cálculo de tipos impositivos a mitad de ejercicio. Otras medidas fiscales que se han introducido a mediados de año han sido bien deducciones fiscales, como los 400 euros que entraron en vigor en el ejercicio 2008, o bien ajustes sobre otro tipo de deducciones.

En esta ocasión, la rebaja es lineal al impuesto, porque se ajustan los tipos impositivos a tributar durante 2015 y por la propia configuración del IRPF, tenemos que tener una única base imponible para el impuesto y una escala de gravamen. A falta de los detalles finales de la modificación en el articulado del IRPF, casi con toda probabilidad se ponderarán los tipos impositivos para cada tramo del IRPF de la siguiente manera:
De o a 12.450 euros – 19,50%

De 12.450 a 20.200 euros – 24,50%

De 20.200 a 34.000 euros – 30,50%

De 34.000 a 60.000 euros – 38,00%

De 60.000 euros en adelante – 46,00%
El coste global de esta rebaja fiscal asciende a unos 1.500 millones, según ha determinado el ejecutivo, y las consecuencias directas las vamos a notar todos a partir de este mes de julio. Para una renta media con una base imponible de 35.000 euros, el ahorro fiscal estimado es de unos 170 euros para este año.

 

Así quedarán las nuevas retenciones para 2015

La gran incógnita que nos queda por resolver es la parte técnica de las retenciones en el IRPF. A efectos de rendimientos del trabajo, se tendrán que recalcular en el momento que entren en vigor los cambios y los efectos serán inmediatos en las nóminas. La disminución en la retención irá desde un 0,5% a un 4% en función de los salarios brutos que tengamos.

Respecto a las retenciones de actividades profesionales, rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario (alquileres), las rebajas irán entre 2 y 4 puntos, situándose casi con toda probabilidad el porcentaje de retención para autónomos en el 15% y resto de rendimientos entre el 16% y el 18%. No obstante, estos porcentajes serán definitivos el próximo viernes, cuando el Consejo de Ministros apruebe definitivamente la reforma.

Fuente: http://www.actibva.com/magazine/economia/bajada-del-irpf-desde-el-1-de-julio-asi-queda-el-impuesto-de-la-renta-en-2015

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